Reglamentos y Horarios
UNIVERSIDAD AUTÓNOMA DE BAJA CALIFORNIA
FACULTAD DE INGENIERÍA MEXICALI
REGLAMENTO DEL LABORATORIO DE ELECTRÓNICA
(Sujeto a modificaciones por el H. Consejo Técnico)
- El Laboratorio de Electrónica fue creado con el fin de complementar las competencias del Programa Educativo de la Carrera de Ingeniero en Electrónica de la Facultad de Ingeniería Mexicali; en base a prácticas de laboratorio, proyectos, apoyo académico, visitas, etc.
- Las instalaciones del laboratorio permanecen abiertas, de acuerdo al calendario del ciclo escolar en vigencia, de 8:00 a 22:00 hrs. de lunes a viernes y sábados de 8:00 a 14:00 hrs.
- El laboratorio proporcionará (dentro de sus limitaciones), espacio físico, equipo, accesorios e información bibliografíca técnica disponible.
- Queda estrictamente prohibido fumar en el área interna del laboratorio.
- No se permite introducir bebidas ni alimentos a los salones de prácticas.
- Las prácticas deberán llevarse a cabo en el salón que ha sido indicado en el formato de horarios para prácticas del laboratorio; pudiéndose tomar otro espacio si existiera la necesidad y si hubiera disponibilidad de área (s).
- Las prácticas obligatorias tendrán prioridad sobre las prácticas extracurriculares y estas, a su vez, sobre cualquier otra actividad que se desee llevar acabo.
- El alumno será responsable de proveerse del material que no pueda ser proporcionado por el laboratorio.
- Será necesario el control por escrito para uso del equipo de laboratorio, reservándose el mismo únicamente a personas identificadas con la carrera, requiriéndose mostrar identificación oficial vigente con fotografía. Para el uso de la red de cómputo, el usuario deberá registrarse previamente.
- Cualesquier equipo de laboratorio, accesorios, material, libros o manuales técnicos y de consulta, etc. que se requieran para las prácticas por maestros y/o alumnos deberá ser solicitado mediante el vale de laboratorio respectivo. No se prestará nada si no se presenta el vale del laboratorio debidamente lleno.
- No se deberá mover el equipo de laboratorio, ni cambiarle sus características físicas o técnicas, o cambiarlo de una mesa a otra, o de un salón a otro. Solamente en caso de ser aprobado por el personal auxiliar o por el jefe del laboratorio.
- Con referencia al equipo de cómputo, el alumno no se deberá borrar software académico ni mucho menos instalar programas ajenos al desarrollo de las prácticas.
- El préstamo de la bibliografía existente en el laboratorio se limitara a su uso interno en el mismo; únicamente y en casos que así lo amerite, se prestara para fotocopiado con un plazo razonable para tal efecto, previa identificación y llenado de vale.
- Se prestará internamente equipo adicional a personas de la facultad que estén capacitadas para su uso; siempre y cuando no interfiera con las actividades del laboratorio.
- El préstamo externo de componentes y material bibliográfico a los maestros y alumnos de la Facultad de Ingeniería, deberá ser autorizado por el jefe del laboratorio.
- Todos los componentes y material de préstamo externo deberá ser devuelto a más tardar al finalizar el semestre escolar correspondiente. No se prestará en esta modalidad equipo de medición, accesorios, cañón y laptop.
- El préstamo de equipo fuera de las instalaciones de la Facultad de Ingeniería y de la Universidad deberá ser autorizado por el Director o Subdirector de la Facultad si este no se encuentra, previa solicitud por escrito del interesado. El Director de la Facultad, emitirá un oficio de aceptación o rechazo de la solicitud al interesado, al coordinador de la carrera y al jefe del laboratorio. Al momento de la entrega se requerirá las firmas del Director, Coordinador de la Carrera, Jefe del Laboratorio y Solicitante, indicando la fecha de devolución. Cuando el equipo sea devuelto, este se revisará a detalle sus condiciones funcionamiento.
- El préstamo del audiovisual será prioritario para los alumnos inscritos al programa educativo de Ingeniero en Electrónica. De no pertenecer a este programa el alumno deberá hacer la solicitud un día antes de su uso.
DE LOS MATERIALES PELIGROSOS
- Todo residuo o material peligroso deberá ser depositado en el contenedor adecuado para su manejo correcto.
- En el caso particular del laboratorio de circuitos impresos, el cloruro férrico utilizado deberá ser depositado en recipiente de plástico de alta densidad etiquetado, identificado y clasificado para su uso.
DE ACTIVIDADES VARIAS
- Todo actividad extraordinaria a las prácticas de laboratorio que se requiera llevar a cabo, deberá ser notificada al personal auxiliar o al jefe del laboratorio; en el caso de uso de la red de computo, se deberá registrarse previamente en los formatos de control establecidos para tal efecto.
- Cualquier anomalía relacionada con el laboratorio y su funcionamiento, deberá ser notificada a la brevedad posible y; en el mejor de los casos por escrito, al jefe de laboratorio o personal auxiliar con la finalidad de tomar acciones inmediatas que conlleven a la solución de la misma. Las fallas y/o anomalías que por descuido u omisión, o por mala fe, presentara algún equipo de laboratorio será atribuidas a quien haga uso del equipo afectado y no lo reporte.
- Para una mejor operatividad, dentro del área del almacén solo tendrán derecho al acceso y/o permanencia aquellas personas relacionadas con el funcionamiento del laboratorio e indicadas previamente por el jefe del laboratorio.
ACERCA DE LAS SANCIONES
- Se aplicarán sanciones a quien infrinja una o más de las anteriores disposiciones. De acuerdo al grado de la falta, estas podrán ser:
- Llamada de atención verbal.
- Llamada de atención por escrito.
- Reparación del daño.
- Aplicación directa de una sanción.
El tipo de sanciones aplicables al alumno infractor, serán suspensiones de servicio considerando los siguientes criterios:
- Préstamo de mesas básicas por tres días hábiles a quienes no se den de alta y/o baja en la hoja de control de mesas básicas disponibles en el almacén.
- Préstamo de equipo de cómputo por tres días hábiles a quienes no se den alta y/o baja en las hojas de control de equipo de computo disponibles en el almacén.
- Prestamos de almacén por tres días hábiles y hasta que se pague lo adeudado a quienes, al final de cada práctica, no entreguen los accesorios, manuales, libros y cualquier otro articulo de préstamo interno solicitado al almacén.
- Préstamos de almacén por tres días hábiles y hasta que se pague lo adecuado a quienes no entreguen cualesquier préstamo externo dentro del plazo concedido.
- Préstamos de almacén por una semana hábil a quienes reincidan en los puntos i) e ii), muevan cualquier equipo de los salones sin aviso previo, desconecten los equipos de cómputo y periféricos de los salones así como el alterar su contenido técnico, dejen sucia el área de trabajo, sustraigan accesorios del equipo de medición o computo fuera del laboratorio y a quienes presten su nombre y/o equipo a las personas suspendidas por incisos anteriores.
- Suspensión semestral, cuando la falta al presente reglamento de laboratorio sea grave, atente contra la moral, o esté acompañada de dolo y/o mala fe. Esta suspensión será sancionada por las autoridades de la facultad.
- Suspensión del derecho de a tutoría para reinscripción a quienes tengan adeudos de laboratorio después de la fecha indicada previamente para la entrega de material. En caso de cursar el último semestre no procederá su trámite de titulación.
- Si, por causa de negligencia, abuso o mala fe resultara afectado algún espacio físico, mobiliario o equipo de laboratorio, la restauración y/o reparación correrá por cuenta de quien resulte responsable y sin demeritar las sanciones que por esto se apliquen.
- Se deberá observar, en general, un buen comportamiento en los salones y en el área del laboratorio.
Contacto
Dr. Miguel Ángel García Andrade
Responsable de Laboratorios
Email: mvera@uabc.edu.mx
Teléfono: +52 (686) 841-8235
Ext. 44431